lunes, 2 de octubre de 2017

FUERO SINDICAL




https://www.goconqr.com/es-ES/p/10668329

MAPA MENTAL

Si tu quieres verlo en forma animada, solo copia el enlace y disfruta

Aporte: Paula Alejandra Ramirez Jimenez
COD. 1220010706


Referencias 

http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33104

http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/constitucion/mecanismos-de-proteccion-de-derechos

CONVENCIÓN COLECTIVA casos y video.

¿Qué es la Negociación Colectiva? - Caracol Radio - El Trabajo Como Debe Ser MinTrabajo Col

https://www.youtube.com/watch?v=V9kXJzeQFaU

Olga Lucia Hernández Hernández

CONVENCIÓN COLECTIVA PARO POR PARTE DE PILOTOS DE AVIANCA

La convención colectiva según la Corte Constitucional de la República de Colombia menciona que debe ser consecuente con respecto al derecho de asociación sindical, donde se permite cumplir la misión de respetar y defender los intereses económicos comunes de sus afiliados o participantes, al mismo tiempo que deben hacer real, efectivo y posible el principio de igualdad.

Uno de los casos más conocidos por el momento en el cual se puede evidenciar una convención colectiva de trabajo es el paro por parte de los pilotos de la aerolínea Avianca, una entidad reconocida por ofrecer un servicio de transporte comercial aéreo, la cual ha sido identificada como una de las empresas insignes de Colombia y que hoy en día atraviesa por una situación complicada que pasa por una cantidad considerable de litigios y procesos judiciales con fundamento en derecho laboral y ‘presuntas’ exigencias de ley que afirma el cuerpo sindicalista de Avianca se están incumpliendo.

Más de 702 pilotos de  Avianca desde hace unas semanas entraron en huelga que demandan por una mejora de salarios, mayor seguridad en los aeropuertos colombianos y reducción de horas laborales, entre otros. A partir del Código Sustantivo del Trabajo al cual serán sometidos a arbitramento obligatorio "los conflictos colectivos de trabajo que se presenten en los servicios públicos esenciales y que no hubieren podido resolverse mediante arreglo directo, por lo cual debe el Ministerio de Trabajo instar a las partes a la designación de árbitro y proceder a la designación del tercer árbitro".

Uno de los abogados de Acdac (Asociación Colombiana de Aviadores Civiles) Carlos Roncancio afirma que tras no recibir un aumento entre un periodo del 2005 y 2006 tras crisis de la aerolínea, la administración de Avianca, en cabeza de Fabio Villegas, lanzó un Plan Voluntario de Beneficios (PVB), en el cual les entregó a los trabajadores no sindicalizados prebendas laborales, a las cuales podían acceder quienes renunciaran a los beneficios de la convención colectiva de trabajo.

“Sin perjuicio de los esfuerzos realizados por el Ministerio del Trabajo para intermediar en el conflicto laboral de Avianca y los pilotos afiliados a Acdac, la ausencia de un pronunciamiento por parte del Gobierno Nacional reconociendo el marco normativo colombiano genera inseguridad jurídica para la industria, riesgos a la estabilidad del sector, sin mencionar los efectos en los usuarios del transporte aéreo y las consecuencias para la conectividad y la competitividad del país”, afirmo Atac (La Asociación de Transportadores Aéreos de Colombia).

La ministra de Trabajo, Griselda Janeth Restrepo, convocó a una reunión a los pilotos de Avianca, con el objetivo de abrir espacios de concertación para evitar una posible huelga en las próximas semanas y donde se pueda llegar a un posible acuerdo entre ambas partes.

http://www.elcolombiano.com/negocios/empresas/avianca-ha-cancelado-2-234-vuelos-en-10-dias-que-lleva-el-paro-YX7404177
http://www.elcolombiano.com/negocios/el-gremio-de-las-aerolineas-pidio-ayuda-al-gobierno-por-paro-de-pilotos-de-avianca-YG7392706

Olga Lucia Hernández Hernández 

Estilos de Negociacion Colectiva

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Aporte por: Sandra Nelly Ruiz
 

viernes, 29 de septiembre de 2017

PROTECCION POR VIA DE TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS SINDICATOS Y DE LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS-Reiteración de jurisprudencia

La corte considera que la tutela es viable para solicitar reconocimiento de derechos de asociación sindical, por que se trata de derechos de rangos constitucional, que según la jurisprudencia pude ser reivindicados a través de una tutela cuando esta de por medio una relación de trabajadores con respecto al empleador 

LIBERTAD DE EMPRESA, SUBORDINACIÓN LABORAL Y DEBER DE RESPETAR REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

Se debe respetar los principios constitucionales planteados y no atentar contra los derechos de los trabajadores, estos esta contemplado en las normas laborales la subordinación por parte del trabajador. 

LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y ACTIVIDAD SINDICAL-Titularidad de los sindicatos

Las personas jurídicas en general pueden buscar el amparo de sus derechos fundamentales a través de la acción de tutela teniendo en cuenta sus propios derechos fundamentales como la propiedad, el debido proceso, el derecho de petición, el derecho de acceso a la información. Al igual que las personas naturales, las personas jurídicas se encuentran habilitadas para ejercer derechos y contraer obligaciones, la libertad de expresión ha sido reconocida por la Corte constitucional colombiana, se entiende que ésta se extiende también a otras organizaciones como los sindicatos y sus miembros, la libertad de expresión es un derecho inherente a los sindicatos porque por medio del mismo se garantizan otros derechos de este tipo de organizaciones, su reconocimiento en la jurisprudencia internacional es relativamente reciente.

http://www.corteconstitucional.gov.co/

Elizabeth Valencia Mazo

viernes, 15 de septiembre de 2017





ARTICULO 467 


El legislador define la convención colectiva de trabajo, uno de los varios sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores, la corte se ha referido a la finalidad de las convenciones colectivas del trabajo las cuales son:




  • DERECHOS DEL TRABAJADOR
  • TIPOS DE CONTRATOS
  • JURISPRUDENCIA
  • SINDICATO DE TRABAJADORES 
  • DERECHOS DEL TRABAJADOR:




ARTICULO 25 


El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades de la especial protección del estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.


TIPOS DE CONTRATOS 


1. CONTRATO A TERMINO FIJO: 

En caso de determinación unilateral del contrato sin justa causa, el empleador deberá pagar al trabajador sin indemnización, en los términos establecidos en el artículo 28 de la ley 789 del 2002.

2. JURISPRUDENCIA:

Circula como una norma jurídica adquiriendo no solo un carácter de fuente del derecho sino vinculatorio como norma jurídica. En este último aspecto se destaca a favor de un juez. 

3. SINDICATOS DE TRABAJADORES: 

Se encuentran las siguientes organizaciones obreras y sindicales que tienen un carácter clásico, son :

4. FECODE: 

Federación Colombiana de Educadores.






5. CUT: 

Central unitaria de trabajo.


Referencias:



https://www.gerencie.com › Derecho laboral

www.exteriores.gob.es/.../TIPOS%20DE%20CONTRATOS%20EN%20COLOMBIA.doc


Comentarios

/www.uac.edu.co/images/stories/publicaciones/revistas_cientificas/.../art-1.pd

https://grupoestudiantilanarquista.wordpress.com/organizaciones-obreras-y-sindicales

jueves, 14 de septiembre de 2017

Convenciones pactos colectivos y contratos sindicales


TITULO III.CONVENCIONES PACTOS COLECTIVOS Y CONTRATOS SINDICALES.CAPITULO I.CONVENCIONES COLECTIVAS.



De acuerdo al artículo 469 del código sustantivo de trabajo se habla acercar de la forma de realizar un acuerdo colectivo.
“La convención colectiva debe celebrarse por escrito y se extenderá en tantos ejemplares cuantas sean las partes y uno más, que se depositará necesariamente en el Departamento Nacional de Trabajo, a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes al de su firma. Sin el cumplimiento de todos estos requisitos la convención no produce ningún efecto”.

Este artículo corresponde al artículo 486 del Decreto 2663 de 1950, su numeración inicial fue variada por la edición oficial del Código Sustantivo del Trabajo, ordenada por el artículo 46 del Decreto 3743 de 1950.



¿Quiénes conforma la mesa de partición para una negociación para los pactos de las convenciones colectivas?


La participación se acuerda directamente con los representantes de los empleados en el sindicato y todos los directivos y representantes legales.
La ley no contempla un número mínimo para conformar ni para intervenir en ella.



Referencias:


¿COMO ES EL PANORAMA DEL SINDICALISMO EN COLOMBIA? Las iniciativas tendientes a impulsar la conformación de sindicatos de rama o de indus...